La Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (SEDECO) impuso una sanción a la empresa NÚCLEO S.A., conocida comercialmente como Personal, por prácticas abusivas en perjuicio de una usuaria que fue indebidamente declarada en mora por una deuda inexistente, pese a haber cancelado el servicio contratado.
Según la denuncia presentada ante SEDECO, la consumidora decidió cancelar el servicio de internet debido a su deficiente calidad. No obstante, la empresa continuó emitiendo facturas a su nombre, presionándola para que pagara una supuesta deuda que no correspondía. La afectada denunció además que recibió insinuaciones para firmar una rescisión contractual que implicaba el reconocimiento de la deuda, situación que le generó temor de ser reportada a Informconf, el sistema de información crediticia.
Pese a ser convocada, NÚCLEO S.A. no se presentó a la audiencia de conciliación ante SEDECO. Recién tras la denuncia formal ante la institución, la empresa procedió a condonar la deuda falsa.
Mediante la Resolución SDCU N° 1021/2024, SEDECO sancionó a la empresa con una multa de 550 jornales, al constatar la violación de los artículos 6 incisos d), f) e i) de la Ley 1334/98 de Defensa del Consumidor.
Además de la sanción económica, la Secretaría ordenó a NÚCLEO S.A. mejorar sus procedimientos en la prestación de servicios, especialmente en la atención de reclamos de los consumidores, asegurando soluciones adecuadas e inmediatas ante cualquier conflicto.
La intervención de SEDECO reafirma el compromiso institucional con la defensa de los derechos de los consumidores, en este caso frente a una práctica intimidatoria e injusta que afectó directamente a una usuaria.
La resolución fue recurrida por la empresa ante el Tribunal de Cuentas, encontrándose actualmente en trámite judicial.
Para más información o consultar otras resoluciones, los interesados pueden acceder al módulo de «Registro de Infractores» disponible en el sitio oficial: www.sedeco.gov.py.